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Observaciones Proformas Presupuestarias 2008 - 2010 D.M. de Quito, 19 de noviembre de 2009 Oficio 610 – FENACOPE – 2009EconomistaRafael Correa DelgadoPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArquitecto Fernando Cordero Cueva PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA Señor Francisco VelascoPRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN ECONÓMICO, TRIBUTARIO, SUBREGULACIÓN Y CONTROLSeñores/as:COMISIÓN DE RÉGIMEN ECONÓMICO, TRIBUTARIO, SUBREGULACIÓN Y CONTROL ASAMBLEA NACIONALEconomista María Elsa Viteri AcaiturriMINISTRA DE FINANZASPresente. -De mis consideraciones:Sergio Sevilla Cevallos, en mi calidad de Presidente y como tal representante legal de la Federación Nacional de Asociaciones de Empleados de los Consejos Provinciales del Ecuador, ante ustedes comparezco respetuosamente y manifiesto: En uso de lo facultado en el inciso segundo del artículo 137 de la vigente Constitución de la República del Ecuador, la persona jurídica de derecho privado que presido, convencidamente estima, que no solamente tengo interés directo en la aprobación del denominado Proyecto de Ley de Distribución del 15%, para con mi comparencia evitar en todo cuanto me sea posible, que los derechos e intereses legítimos de mis representados, los servidores públicos de los Consejos Provinciales del Ecuador (mujeres y varones) y los propios y directos intereses de los Gobiernos Provinciales del país, puedan ser afectados, por el acto legislativo de la expedición del indicado cuerpo ibídem.Es el caso señores asambleístas, cuyas calidades legislativas quedan arriba determinadas que, de conformidad con lo conocido a través del boletín de prensa de 17 de noviembre de 2009 emanado por el ente rector de los Consejos Provinciales del Ecuador, en materia de FONDEPRO originado en la ley 65, el Ministerio de Finanzas y Economía no liquida correctamente el 2% del monto total de los ingresos corrientes del Presupuesto General del Estado, lo que deviene en que los Gobiernos Provinciales, no reciben efectivamente los montos correspondientes al indicado porcentaje; es así que para el año 2008, las cifras de ley arrojaban la cantidad de 170’270.000 dólares, en tanto que la asignación real apenas alcanzó a los 108’680.000 dólares, existiendo un perjuicio tangible equivalente a 61’590.000 dólares.Y si esto fuera poco, similar procedimiento liquidatorio se hacen constar en las siguientes proformas, generando diferencias sustanciales que oscilan entre los 196’000.000 a 7’000.000, que en la contabilidad general significan un perjuicio oneroso de 189’000.000 en el año 2009; y, para el ejercicio fiscal del año 2010, la liquidación se repite de 204’000.000 descendente a 7’000.000, equivalente a un detrimento de 197’000.000, lo que en otros términos significa que no se considera el incremento de los ingresos corrientes. Todo esto relacionado al Fondo de Desarrollo Provincial.En lo que dice relación al 15% del Presupuesto del Gobierno Central correspondiente a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales, según la disposición taxativa de las asignaciones constitucionales, me permito indicarles que en el ejercicio fiscal del año 2008 la Norma Jurídica determina la suma 389’000.000 en tanto que la asignación oficial y real es de apenas 285’000.000, con un obvio perjuicio de 103’000.000; en tanto que para el ejercicio fiscal del año 2009, bajo estas mismas consideraciones, la disminución de las rentas alcanza el monto de 195’000.000 como consecuencia de la resta de la asignación de 481’000.000 a 285’000.000, procedimiento similar que para el año 2010, por el mandato jurídico se les debe asignar a los Gobiernos Provinciales la suma 516’000.000, mientras que la asignación del Estado es apenas equivalente a 285’000.000, existiendo una diferencia en menos de 230’000.000.Y reproduzco el pensamiento expuesto en el primer párrafo de la presente comunicación, en el sentido de que tengo interés directo en la tarea legislativa de la Ley de Distribución del 15%, por cuanto a la luz de los hechos, los guarismos son simple y absolutamente contundentes y cuantificables, que de persistir en semejante despropósito legislativo y del manejo y distribución del Presupuesto General del Estado, los gastos de inversión  consistentes básicamente en la ejecución de obra pública, así como los gastos corrientes, se verán seriamente lesionados, produciendo inevitablemente la insatisfacción de las necesidades colectivas de los habitantes de cada jurisdicción provincial a través de la no ejecución de obras, e igualmente habrá serias distorsiones administrativas  en los gastos de esta naturaleza y en el pago de remuneraciones a los servidores públicos de los Gobiernos Provinciales parámetros que entiendo los señores asambleístas no lo desean absolutamente para nada.Con estas apreciaciones, acudo respetuosamente ante ustedes señores asambleístas, para demandar de la Comisión de Régimen Económico, Tributario, Subregulación y Control y del Pleno de la Asamblea Nacional de la Función Legislativa, que se cumplan efectivamente las entregas de las asignaciones presupuestarias imputables a los ejercicios económicos de los años 2008, 2009 y 2010 al amparo del Fondo de Desarrollo Provincial FONDEPRO y Ley de Distribución del 15%, en la forma taxativa determinada en el marco jurídico constitucional previsto en la Décima Cuarta Disposición Transitoria y más disposiciones legales de la materia, con la finalidad de que no se perjudique para nada al quehacer administrativo público de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de los Gobiernos Provinciales del Ecuador, consecuentemente, no se afecte los legítimos y justos intereses de los pobladores de cada jurisdicción provincial, cuyas demandas de ejecución de obras públicas, prestación de servicios y adquisición de bienes para solucionar sus ingentes necesidades postergadas desde tiempo atrás.Por ser legítimo mi pedido, tanto en el campo constitucional como en el legal, espero ser atendido favorablemente, puesto que los miembros de la Asamblea Nacional deben ceñir sus actos y resoluciones al precepto constitucional vigente, cuyo pacto social no puede merecer otro tratamiento que la observancia rigurosa de lo que la Carta Fundamental del Estado manda  de manera imperativa en el campo de la asignación de los recursos presupuestarios a favor de los Gobiernos Provinciales del Ecuador.Aspiro seriamente a que la presente misiva sea carta de presentación de la FENACOPE a modo de diálogo escrito con el legislador ecuatoriano, que lo hago extensivo al señor Presidente de la República y a la señora Ministra de Finanzas, para que todo el poder público en su contexto general, corrijan inmediatamente y sin dilación alguna, todo lo que por ley corresponde a las Corporaciones Provinciales, creyendo firmemente que la acogida favorable descartará desde ya cualquier medida de protesta y resistencia en los hechos.Atentamente,Sergio Sevilla C.Presidente FENACOPEcc. señoras/es Prefectas/os Provinciales del Ecuador      Comité Ejecutivo Nacional FENACOPE      Presidentas/es de Asociaciones de Empleados      Gobiernos Provinciales del Ecuador      Medios de Comunicación   - Details...

Inauguración XXIV Olimpiadas Deportivas AZUAY 2010Ceremonia Inaugural Complejo Polideportivo BolivarianoCuenca, miércoles 18 de agosto de 2010                                                                                     - Details...

Comunicación autoridades CONCOPE  D.M. de Quito, 20 de agosto de 2009        Oficio 461 - FENACOPE-2009Ingeniero AgrónomoMontgómery Sánchez ReyesPREFECTO PROVINCIAL DE EL OROPRESIDENTE DEL CONCOPEDoctorMariano Curicama GuamánPREFECTO PROVINCIAL DE CHIMBORAZOVICEPRESIDENTE DEL CONCOPESeñores:COMITÉ EJECUTIVO DEL CONCOPEPresente.-De mi consideración:Yo, Sergio Hernán Sevilla Cevallos, en mi calidad de Presidente y como tal representante legal de la Federación Nacional de Asociación de Empleados de los Consejos Provinciales del Ecuador FENACOPE, ante ustedes respetuosamente comparezco y manifiesto lo siguiente:El artículo 263 de la Constitución de la República del Ecuador garantiza a favor de los Gobiernos Provinciales, las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley:1. Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial.2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas.3. Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas.4. La gestión ambiental provincial.5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.6. Fomentar la actividad agropecuaria.7. Fomentar las actividades productivas provinciales.8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. Estas competencias, precisamente por su naturaleza de exclusivas, excluyentes o privativas de los Consejos Provinciales del Ecuador, tienen que permanecer intocadas por parte de la Función Ejecutiva y de la Asamblea Nacional, cuando expidan y sancionen el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; en otros términos, ni los Gobiernos Regionales Autónomos, ni ningún otro nivel de gobierno, ni siquiera mínimamente podrán tomarse para sí o para terceros, las competencias privativas y excluyentes consignadas a favor de los Gobiernos Provinciales; sin descartar para nada, como así viene pidiendo la FENACOPE, los señores Prefectos, servidores, trabajadores y la misma colectividad, en sus múltiples actuaciones, ante toda autoridad nacional, regional, provincial, cantonal, en el sentido de que se le asignen las competencias concurrentes ya que la Corporación Provincial, se encuentra en plena capacidad de asumirlas y ejercitarlas, contando con el respaldo suficiente de la infraestructura y del conocimiento general de la temática de problemas que confrontan los habitantes de cada provincia, con lo cual, se posicionará y fortalecerá al Gobierno Provincial como el propulsor del desarrollo económico, social, político, jurídico, etc., en el territorio provincial, logrando con esto que prevalezca la interacción de todos los sujetos poblacionales por intermedio de la planificación debidamente vertebrada con pretensiones evidentes de costo beneficio que tiene forzosamente que redundar a favor de los habitantes provinciales, principio y fin de toda la administración pública; sin descartar la equidad y la elasticidad para armonizar las políticas de los sectores públicos y privados que arrojen soluciones para mejorar la calidad de vida a corto, mediano y largo plazos. - Details...

Resolucion VII Congreso FENACOPE-ESMERALDASVII CONGRESO EXTRAORDINARIO DE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE EMPLEADOS DE LOS CONSEJOS PROVINCIALES DEL ECUADOR FENACOPE, ESMERALDAS - N. 007-2009.CONSIDERANDO:Que, los artículos 84 y 118 de la Constitución de la República del Ecuador, ordenan a la Asamblea Nacional de la Función Legislativa, como órgano con potestad normativa con el objetivo formal y material de expedir leyes y reglas jurídicas a los derechos universales e intangibles prescritos en la Norma Suprema para que tengan cumplida realización.Que, los artículos 340, 341, 344, 360, 363, 364 y 381 de la Norma ibídem obliga al Estado a proteger, promover y coordinar la cultura física del pueblo del Ecuador que comprende el deporte y actividad física como principios tutelares que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas naturales; impulsando el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; de manera similar, auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales que incluyen los juegos olímpicos y para olímpicos, así como fomentará la participación de las personas naturales con discapacidad. El Estado en su conjunto garantizará la provisión de los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades, recursos que se sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y una distribución de forma equitativa. Que, el numeral quinto de la Disposición Transitoria primera de la Constitución de la República, decreta que en el plazo de 360 días contados desde el 20 de octubre de 2008, se apruebe la Ley del Deporte y Actividad Física.Que, el Consejo Provincial del Ecuador, ante la luz pública de la ciudadanía nacional y extranjera, desde décadas atrás, con verdadero éxito, ha venido ejecutando obra civil de infraestructura y equipamiento deportivos, ha implementado semilleros deportivos, desde los niveles pre- primarios hasta los niveles secundarios, incluso con apoyo directo a la educación superior, en todas y cada una de las diferentes disciplinas deportivas.Que, la Constitución de la República del Ecuador, fundamentalmente garantiza los derechos del Buen Vivir, con criterio eminentemente de inclusión total y equidad social, a cuyo efecto es necesario crear y propiciar las condiciones y políticas públicas que posibiliten efectivizar ese buen vivir, cuyo objetivo fundamental no es otro que la protección integral de sus habitantes , bajo la preservación de primigenios principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y extinción de la discriminación.En uso de las atribuciones que le compete:  - Details...

III Congreso- Details...

Respuesta servidor GADPPEstimado Sergio. Gracias por su atento correo de inicios de año y del calendario FENACOPE, además  por su caluroso saludo a todos los servidores provinciales, creo  sin dudas que los años 201o y 2011, fueron un hito en la lucha por las reinvindicaciones laborales de los Gobiernos Provinciales, liderados por la FENACOPE, creo que bajo su liderazgo se consolido la estabilidad Institucional y la permanaecia de los gobiernos autónomos  Provinciales que desde al año 2008, estuvimos en serio riesgo de desaparecer. Pero eso paso ya,  dejémoslo ahí, pero sin olvidar que fue nuestra lucha como gremios provinciales que hemos logrado revertir esta tendencia. Hoy se plantean nuevos y duros retos para los GADs Provinciales, pero seguros estamos en asumirlos y enfrentarlos, como GADPP, estamos avanzando hacia una Institución de calidad bajo la normativa ISO, que sin dudas también consolidara nuestro accionar en beneficio de la Población de Pichincha, sin embargo de ello creo que la FENACOPE deberá seguir vigilante para que estos procesos se los haga pensando en el ser humano, en el servidor provincial, que como lo dijo usted alguna vez en un correo anterior hemos dado muestras fehacientes de trabajar en función de nuestros habitantes, incluso en épocas donde los salarios apenas permitían sobrevivir, por lo que hemos sido instituciones de servicio dignas, en las cuales jamás o muy rara vez se escucho de algún caso de corrupción como se han dado en otras instancias del estado, por ello me enorgullece  ser un servidor Público provincial, y creo  eso también se lo debemos a liderazgos como el suyo que ha estado permanentemente luchando en todos los niveles y estamentos, por recuperar la dignidad de Trabajdores y empleados provinciales. Por ello reitero que este año esperamos también se corrobore esta línea de conducta y sigamos firme y dignamente en procura del bienestar común. Buen año 2012 y éxitos en sus funciones. Atte.Victor Hugo Balarezo Bedon      - Details...

Calendario de Escritorio Portapapel 2011    - Details...

ANÁLISIS TÉCNICO Y LEGAL DEL ESTUDIO EFECTUADO POR CONGOPE (Remuneraciones)D.M. de Quito, 27 de enero de 2012Oficio  029 – FENACOPE – 2012Ingeniero AgrónomoMontgómery Sánchez ReyesPRESIDENTE DEL CONSORCIO DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS PROVINCIALES DEL ECUADOR “CONGOPE”  IngenieroJorge Olmedo LoayzaDIRECTOR EJECUTIVO DEL CONSORCIO DE CONSEJOS PROVINCIALES DEL ECUADORPresente.-De mi consideración: Sergio Sevilla Cevallos, en mi calidad de representante legal de la Federación Nacional de Asociaciones de Servidores de los Gobiernos Provinciales del Ecuador, muy respetuosamente, me permito hacerles conocer lo siguiente:   CONGOPE había organizado el Seminario denominado “GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y TALENTO HUMANO”, evento que se ejecutó el 1º de diciembre de 2011, para este acontecimiento no fue invitado la dirigencia de la FENACOPE. Como es de su conocimiento, hoy con las nuevas disposiciones legales vigentes, se debe consensuar cualquier documento, más aún, tratándose de un Estudio que va a ser aplicado directamente para el buen desarrollo de los Gobiernos Autónomos Provinciales del País y lo más fundamental, en este estudio expresa la implementación del Sistema Integrado de Desarrollo del Talento Humano pero con variantes que se tratará en los párrafos posteriores, no enuncian en los Considerandos el Art. 53 de la Ley Orgánica del Servicio Público, tomando en cuenta que el Sistema y artículo antes citados trata de aplicación de normativas y procedimientos orientados a validar e impulsar las habilidades, conocimientos, garantías y derechos de las y los servidores públicos provinciales, con el fin de desarrollar su potencial y promover la eficiencia, eficacia, oportunidad, igualdad y la no discriminación, lo expuesto recae en la aplicación de los subsistemas de planificación del talento humano; clasificación de puestos; reclutamiento y selección de personal; formación, capacitación, desarrollo profesional y evaluación del desempeño como lo describe la Ley Orgánica del Servicio Público, reglas que están plasmadas a través de NORMAS TÉCNICAS establecidas por el Ministerio de Relaciones Laboral; además de lo expuesto, están las REMUNERACIONES MENSUALES UNIFICADAS a favor de las y los servidores públicos provinciales que tienen un organismo clasista llamado FENACOPE, que su Presidente es el representante legal y que siempre ha estado colaborando con el CONGOPE. Creemos que fue desatinado no efectuar el respetivo consenso del Estudio con el Presidente FENACOPE, su Comité Ejecutivo y las y los Presidentes de los diferentes Gobiernos Autónomos Provinciales, ignorando si lo hicieron con los señores Prefectos Provinciales, porque las Autoridades Administrativas y las y los servidores públicos provinciales somos el nivel operativo que forjamos el desarrollo de cada provincia, pero también somos los responsables del buen desenvolvimiento administrativo, técnico y operativo de cada Provincia, incluyendo al Consejo Provincial que es el órgano de legislación y fiscalización mismo que está integrado por el Prefecto o Prefecta provincial, quien la presidente, el Viceprefecto o la Viceprefecta provincial; por los alcaldes o alcaldesas, concejales o concejalas en representación de los alcaldes o alcaldesas mediante delegación.   - Details...

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Reunión urgente en Montecristi de dirigentes de los gremios:CONSEJOS PROVINCIALES SE DECLARAN EN ALERTA• Los estamentos de los Consejos Provinciales expresaron públicamente su desacuerdo con la propuesta de la mesa 4 de la Asamblea Constituyente de configurar el órgano legislativo y fiscalizador del nivel intermedio de gobierno con la participación de Alcaldes o sus delegados. Además de la definición de los Distritos Metropolitanos y disminución de competencias.  La reforma promoverá la superposición en el ámbito ejecutivo de una multiplicidad de directivos, situación que devendrá en ingobernabilidad, caos político, jurídico y administrativo.• Dirigentes de consejeros, empleados y trabajadores instalarán, este viernes 30 de mayo de 2008 en Montecristi, una reunión urgente para adoptar decisiones trascendentales.- Details...

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GESTIÓN HISTÓRICA PARA LA DEFENSA Y VIGENCIA DE LOS GOBIERNOS PROVINCIALES DEL ECUADOR

fenacope varias fotos collage historico

Actualizado (Lunes, 14 de Mayo de 2012 14:27)

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XXVI Olimpiadas Deportivas Nacionales

FENACOPE-PASTAZA 2012

 

afiche pastaza 2012

 

Actualizado (Lunes, 14 de Mayo de 2012 14:28)

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Saludo Primero de Mayo

Día del Trabajador

 

 

D.M. de Quito, 27 de abril de 2012 

Oficio 050 – FENACOPE – 2012 

 

Compañeros/as:

SERVIDORES/AS Y TRABAJADORES

PÚBLICOS PROVINCIALES DEL ECUADOR

 

Señores:

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL FENACOPE

 

Señores/as:

PRESIDENTES/AS ASOCIACIONES DE SERVIDORES Y SECRETARIOS GENERALES DE SINDICATOS DE LOS GOBIERNOS PROVINCIALES DE: AZUAY, BOLÍVAR, CAÑAR, CARCHI, COTOPAXI, CHIMBORAZO, EL ORO, ESMERALDAS, GALÁPAGOS, GUAYAS, IMBABURA, LOJA, LOS RÍOS, MANABÍ, MORONA SANTIAGO, NAPO, ORELLANA, PASTAZA, PICHINCHA, SANTA ELENA, SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS, SUCUMBÍOS, TUNGURAHUA, ZAMORA CHINCHIPE, CONGOPE.

Presente

 

De mis consideraciones:

 

El Día Universal del Trabajo del año 2012, bajo ninguna circunstancia, puede asimilarse a un simple y absoluto recordatorio de la masacre de Chicago, sino que en los actuales momentos que atraviesa la colectividad laboral del Ecuador, tanto pública como privada, amerita que, el festejo del 1 de Mayo se constituya en efervescencia cívica y de auténtica reivindicación de los derechos constitucionales, legales, económicos y sociales del trabajo que lamentablemente para nuestros intereses están siendo gravemente conculcados desde tiempo atrás, creando un claro discrimen y desigualdad ante la ley, que se encuentra prohibido en la Norma Suprema, pretendiendo irrespetar las propias garantías previstas y consagradas en la última Carta Política de la República, que necesariamente tiene que conceptualizar al trabajo como la fuente primordial de la creación de la riqueza y a los sujetos que ejecutan las diferentes actividades o ramas del trabajo, como a sus verdaderos protagonistas del desarrollo personal, familiar y colectivo del país.

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Saludo Día Servidor Provincial

 


ecuador - fenacope

 

DM. de Quito 30 de marzo de 2012
Oficio 039 – FENACOPE - 2012

Compañeros/as:
PRESIDENTES/AS DE LAS ASOCIACIONES DE SERVIDORES
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS PROVINCIALES DE:
AZUAY, BOLIVAR, CAÑAR, CARCHI, COTOPAXI, CHIMBORAZO, EL ORO, ESMERALDAS, GALÁPAGOS, GUAYAS, IMBABURA, LOJA, LOS RIOS, MANABI, MORONA SANTIAGO, NAPO, ORELLANA, PASTAZA, PICHINCHA, SANTA ELENA. SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS, SUCUMBIOS, TUNGURAHUA, ZAMORA CHINCHIPE
Presente.-

De mis consideraciones:

Con motivo del aniversario del Día del Servidor Ecuatoriano, la Federación Nacional de Asociaciones de Servidores de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales del Ecuador, FENACOPE, envía a todos y cada uno de los Servidoras y Servidores de las Corporaciones Provinciales del País, un saludo fraterno y respetuoso a la vez que hidalgo y combatido, resaltando permanentemente el espíritu de trabajo y la mística sin claudicaciones ni renunciamientos, al servicio de las colectividades de cada jurisdicción provincial.

En esta magna fecha, invoco a vosotros, compañeras/os servidoras/es y trabajadoras/es de los Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador, para que no solamente sea el uno de Abril y uno de Mayo de cada año, el momento para rememorar gestas históricas, sino para ser protagonistas activos de hechos directos por la defensa de la dignidad y el trabajo, sino que las veinticuatro horas del día durante los trescientos sesenta y cinco días de todos los años, sean de lucha permanente para hacer prevalecer los derechos que legítimamente nos pertenecen a todos los Servidores Públicos del Ecuador.

La lucha por nuestras conquistas que han sido conculcadas por manejos políticos continúa y está en nuestras manos la defensa de un trabajo digno y bien remunerado, por lo que invoco a la unidad de la gran Familia Provincial del Ecuador, y hago un llamado para que impere exclusivamente como único norte del ciudadano ecuatoriano, mujeres y hombres, sin distinción alguna de credo religioso, político, ideológico, filosófico; que conviva siempre la institucionalidad de la solidaridad humana.

Es importante que todos los Gobiernos Autónomos Provinciales asumamos la responsabilidad que nos delega la Carta Política al manifestar en su Disposición Transitoria Décima que por gozar de autonomía nuestros entes que conformamos los Gobiernos Autónomos Descentralizados debemos en forma obligatoria aplicar la elaboración de normas que regulen la administración de los recursos humanos y en especial de las Remuneraciones, reiteramos, cada organismo provincial tiene su propia estructura administrativa, tiene sus necesidades de acuerdo a su situación geo-política, por lo mismo, las denominaciones de títulos de puestos podrán variar entre un Gobierno y otro, pero no podemos soslayar la responsabilidad para elaborar nuestros propios sistemas de remuneraciones en base a las normas constitucionales y legales, por esta razón creemos que es importante la aplicación de una forma obligatoria y en forma expresa, lo expuesto en la Disposición Transitoria antes señalada, y esta ha sido la razón en que la FENACOPE conjuntamente con sus respectivos representantes de las diferentes Asociaciones, hemos luchado en forma tesonera, primero por mantener la vigencia de los Gobiernos Autónomos Provinciales y luego el seguir estableciendo nuestra propia autonomía que varias Constituciones Políticas lo ratificaban con antelación a la vigente.

Atentamente,


 

Sergio Sevilla Cevallos
PRESIDENTE FENACOPE

Actualizado (Lunes, 02 de Abril de 2012 17:23)